
Antes de sugerir la implementación de sistemas de protección contra descargas eléctricas atmosféricas (rayos) en edificaciones comerciales, industriales o de telecomunicación, se debe agotar un proceso de evaluación de riesgos asociados a los rayos.
El procedimiento debe seguir un orden lógico que tome en cuenta los parámetros relevantes y las posibles consecuencias al momento de un impacto.
A continuación se resumen las consideraciones pertinentes en la evaluación.
- Calcular la probabilidad que tiene un edificio de ser impactado directamente por un rayo durante un periodo de tiempo determinado que, generalmente, se indica en impactos por año.
- Evaluar la influencia que tienen los siguientes parámetros del edificio: entorno, tipo de construcción, ocupación, contenido y consecuencias de un impacto.
- Evaluar la influencia que tienen los diferentes tipos de servicios y sistemas en el acoplamiento de corrientes y tensiones hacia el interior de la edificación.
- Evaluar la posibilidad de daños por impacto directo o indirecto.
- Evaluar las posibles pérdidas por impacto directo o indirecto.
- Establecer el valor de las perdidas tolerables.
- Calcular el valor de las posibles pérdidas.
- Comparar el valor de las pérdidas tolerables con el valor de las pérdidas calculadas.
- Si el valor calculado es mayor que el valor tolerable, el sistema es obligatorio.
- Si el valor calculado es menor que el valor tolerable, el sistema es opcional.
- Si se decide instalar un sistema de protección, se debe realizar un diseño apegado a la ciencia, tecnología y normas vigentes a la fecha de la implementación. Dejando una memoria de cálculo y decisiones.
Tanto la evaluación de riesgos como el diseño e instalación de sistemas de protección contra rayos deben ser gestionados por profesionales pues, la inobservancia de los fundamentos puede comprometer la vida de personas y provocar pérdidas materiales.

